Artículos y acciones prohibidas

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Artículos y acciones prohibidas
Artículos y acciones prohibidas

Para disfrutar de un gran espectáculo deportivo, establecimos condiciones de ingreso. Lima 2019 se reservó el derecho a limitar los objetos que pueden ingresar a las diversas sedes. Es por ello que en la entrada de cada uno de estos recintos se encontraba personal autorizado realizando el registro de personas, bolsos de mano, vehículos y artículos, antes de permitir el acceso al interior de las sedes de competencia y de no competencia y/o, cuando existan sospechas de posesión de objetos prohibidos o restringidos que puedan haber vulnerado los mecanismos de control de ingreso.

Cabe señalar que los objetos prohibidos y restringidos, como se identifica en esta Política, podían presentar un riesgo a la seguridad, o generar un impacto negativo en la imagen del país dentro del desarrollo de los Juegos Lima 2019. Es preciso indicar, que una vez retenido el objeto prohibido/restringido no fue devuelto.

Artículos prohibidos de ingresar a la Sede

Conoce al detalle la lista de artículos que tuvieron prohibido el ingreso a las diversas sedes:

  • Armas de fuego o cualquier dispositivo sospechoso de ser un arma de fuego, incluyendo accesorios.
  • Armas o implementos ofensivos, es decir, cualquier cosa hecha o adaptada que podría ser usada para causar lesiones. "Armas artesanales (hechizas)", incluidas bayonetas, navajas y bastones extensibles. Se incluyen peines afilados, hebillas de correa y cuchillas modificadas que podrían convertirse en armas.
  • Municiones de armas.
  • Cualquier artículo que pueda causar daño y que la persona pueda utilizar dentro de la sede, tales como: cuerdas, grilletes (esposas), carpas, carteles, correas o pancartas relacionadas con protestas, pintura en aerosol que pueda ser utilizado para cometer actos de violencia, sabotaje contra personas, contra la propiedad o para retrasar el cronograma de eventos.
  • Dispositivos y materiales explosivos, incluyendo partes o accesorios.
  • Bengalas, fuegos artificiales, pirotecnia, latas de humo y/o dispositivos de señalización que emiten humo, tintes o llamas.
  • Sustancias peligrosas, incluidos polvos sospechosos, pastas, químicos irritantes, sustancias tóxicas y envases con gases diversos.
  • Dispositivos incendiarios.
  • Artículos que aparentan ser ilegales o prohibidos, réplica de arma de fuego o falso dispositivo explosivo que podría o no causar algún daño.

En caso de detectarse la posesión de alguno de los objetos prohibidos detallados previamente, serían notificados a la Policía Nacional del Perú, a través de los procedimientos establecidos.

Los siguientes artículos no requirieron intervención policial, a menos que el propietario del artículo se haya negado a entregarlo o si se sospecha de la comisión de un delito:

  • Bebidas alcohólicas.
  • Alimentos no procesados: solo se permitieron alimentos envasados, sellados, de consumo personal, con registro sanitario, fecha de vencimiento legible y vigente que no requieran medios de conservación*.
  • Cualquier artículo que sea muy grande para ser inspeccionado de forma electrónica en el punto de acceso.
  • Bicicletas (incluidas las plegables), patines, skateboards u otro tipo de patines.
  • Cualquier artículo con cuchilla, incluida las navajas plegables de bolsillo de 3 pulgadas (7.62 cm) o más y las navajas utilizadas como parte de un atuendo cultural.
  • Aerosoles de protección personal, tales como gas pimienta y otros aerosoles irritantes (serán devueltos a la salida de la sede).
  • Botellas y envases de vidrio en general.
  • Los dispositivos de comunicación portátiles que transmitan radio señales como: walkie talkies, bloqueadores de señales de radio o celulares, otros dispositivos que pudiesen realizar transmisiones, punteros láser, luces estroboscópicas y dispositivos similares que emiten luz, líquidos, aerosoles y gel, incluyendo bebidas alcohólicas (salvo excepciones), puntos de acceso wifi personales o privados y hubs 4G, mascotas, animales (excepto animales de servicio policial o perros guías).

Artículos restringidos de ingresar a la Sede

  • Personas no acreditadas con equipos fotográficos y de broadcast con una longitud mayor a 30 cm, incluidos trípodes y monopies.
  • Cualquier objeto o prenda con mensajes políticos que infrinjan los reglamentos de protección de marca de los Juegos Lima 2019 (ambush marketing); así como las banderas de países que no participen en los Juegos Lima 2019.
  • Pelotas, raquetas, frisbees, proyectiles u objetos similares.
  • Desproporcionada cantidad de alimentos para consumo personal.
  • Banderas grandes (de más de 1 m x 2 m), pancartas, banderolas y parantes.
  • Objetos que limiten la visibilidad de los espectadores como: sombreros grandes, sombrillas.
  • Objetos que producen ruido excesivo como cornetas de aire comprimido, bocinas, tambores, vuvuzelas, silbatos u otros similares, a excepción de las competencias de Vóley y Futbol.

Acciones no permitidas dentro de las sedes

  • No se permitió el ingreso de vendedores ambulantes.
  • No se permitió realizar apuestas dentro de las sedes.
  • No se permitió ningún tipo de conducta que pueda causar incomodidad al espectador (insultos, peleas, gritos, etc).
  • No se permitió despojarse de prendas de vestir con el fin de quedarse desnudo o con el torso descubierto o en paños menores.
  • No estuvo permitido sacar fotografías con flash en el campo de juego, pues dificulta y distrae la visibilidad del jugador.
  • No se permitió ingresar al campo de juego sin autorización.
  • No estuvo permitido ningún acto de discriminación llámese: religiosa, de género, racial o de cualquier tipo.
  • No estuvo permitido fumar dentro de las sedes.
  • Quedó totalmente prohibida la distribución de flyers, volantes, carteles, o cualquier otro material que pueda ser utilizado con fines políticos o publicitarios.